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Terra
La Coctelera

TODOS CONTRA EL FUEGO

Tras el incendio de Guadalajara el Ejecutivo decidió tomar medidas y en abril aprobaba una modificación de la Ley de Montes.

Se pueden destacar algunos aspectos de la reforma: la prohibición del cambio del uso forestal de los terrenos incendiados durante al menos 30 años, para evitar la especulación urbanística; la creación de una fiscalía especializada en delitos ambientales; de un Fondo económico de Patrimonio Natural para prevención y gestión de incendios; y, el aumento de categoría de los agentes forestales, que adquieren la potestad de denunciar ante el poder judicial cualquier irregularidad en los bosques.

Un dato de interés: El año 2006 fue el tercero peor de la última década en hectáreas quemadas con un total de 148.730 (0,57% del territorio español).

Galicia

LOS PRESUPUESTOS

Según la Exposición de motivos de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, esta norma trata de impulsar la productividad a través de tres medidas: la inversión en infraestructuras, el esfuerzo en investigación, desarrollo e innovación tecnológica y la educación. Se trata de aumentar el capital público para potenciar el crecimiento de la economía.

Opiniones al respecto: La Voz de Galicia
El País
El Mundo

PARA CONSUMIDORES Y USUARIOS

Algunas de las consideraciones del proyecto de ley de mejora de la protección de los consumidores y usuarios nos afectan a todos. Así:

Los usuarios tendrán las mismas facilidades para darse de baja de los servicios que las que tuvieron para darse de alta.
Se prohíbe el redondeo al alza y se obliga a cobrar por tiempo real y uso efectivo en todos los servicios, incluidos los aparcamientos, que facturarán por minutos.
La Ley mejora también la protección de los consumidores ante la compra de una vivienda y regula las asociaciones de consumidores.

LaLey fue aprobada el 29 de diciembre.

PROPIEDAD INTELECTUAL

Modificaciones a la Ley de Propiedad Intelectual
La ley de 1996

COMUNIDADES

El Artículo 147 de la Constitución Española establece:

1. Dentro de los términos de la presente Constitución, los Estatutos serán
la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma y el Estado
los reconocerá y amparará como parte integrante de su ordenamiento
jurídico.
2. Los Estatutos de autonomía deberán contener:
a) La denominación de la Comunidad que mejor corresponda a su identidad histórica.
b) La delimitación de su territorio.
c) La denominación, organización y sede de las instituciones autónomas propias.

d)Las competencias asumidas dentro del marco establecido en la
Constitución y las bases para el traspaso de los servicios
correspondientes a las mismas.
3. La reforma de los Estatutos se
ajustará: al procedimiento establecido en los mismos y requerirá, en
todo caso, la aprobación por las Cortes Generales, mediante ley
orgánica.


Estatuto de Autonomía de Cataluña 2006


Estatuto de Autonomía de Galicia 1981

¿UN SERVICIO MÁS PÚBLICO?

Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal.

PUNTOS Y CARRETERA

Ley 17/2005, de 19 de julio, por la que se regula el permiso y la licencia de conducción por puntos y se modifica el texto articulado de la ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.

EL COMERCIO MINORISTA

La Ley de Horarios Comerciales de Galicia, con el objetivo de conciliar la vida laboral y familiar, establece diferentes medidas.
Textualmente:

Os domingos e días festivos nos que os establecementos comerciais poderán permanecer abertos ao público serán, como máximo, de oito ao ano.

Os establecementos comerciais deberán permanecer pechados os días 1 de xaneiro, 1 de maio, 17 de maio, 25 de xullo e 25 de decembro.

O tempo máximo entre a apertura e o pechamento en domingos e días festivos autorizados será de doce horas.